domingo, 9 de mayo de 2010

¿EL CIUDADANO PARAGUAYO PUEDE ACCEDER REALMENTE AL SISTEMA JUSTICIA?

El debate en torno al acceso al sistema justicia tiene una enorme cantidad de ramificaciones. Consecuentemente, como primera medida y para centrar el tema, creo prudente precisar sobre qué aspectos del acceso a la justicia NO voy a trabajar: Si bien son aspectos que corresponde tener en cuenta, deliberadamente omito referirme a lo que podríamos llamar acceso formal, verbigracia: infraestructura, distribución de competencia, pago de tasas judiciales, espacio físico, etc. Igualmente, tampoco voy a abordar aspectos que hacen al acceso a la magistratura o la carrera judicial en todos sus niveles.

Tal como se sugiere desde el título, he resuelto abordar el tema, primero que nada, desde la Democracia y la República y además, a partir de algunos aspectos que forman parte de la realidad histórica que nos toca vivir: la globalización, la integración regional y los aspectos socio – económicos que condicionan severamente las posibilidades que tienen los ciudadanos de acceder verdaderamente al sistema de justicia.

Para intentar clarificar mi propuesta y sobre todo para que se entienda que la asociación que se realiza entre globalización, los aspectos socio – económicos y el acceso a la justicia no resulta para nada forzada, me parece importante explicar brevemente la metodología que preside mi análisis.

En primer término, la idea es plantear el debate teniendo muy cuenta que el objetivo es abordar algunos “problemas del acceso a la justicia pero desde una perspectiva democrática y republicana”, es decir, desbordando el espectro meramente jurídico. Para abordar el tema del acceso a la justicia sin resignar el enfoque práctico que siempre debemos tener en cuenta para no perdernos en el “mundo de las ideas” como diría Platón, corresponde primeramente fijar el marco teórico que nos proporciona la Democracia y la República. Veamos:

a) Qué es la Democracia? Menuda tarea no….Giovanni Sartori tiene un libro que precisamente lleva por título esa gran pregunta y a pesar del esfuerzo realizado, no logra agotar el tema. No obstante, intentemos aproximarnos…Fernando Savater, el lúcido filósofo español, sostiene que vivir en democracia implica que el ciudadano se sienta libre de manifestar que vive ruidosamente descontento con el régimen jurídico - político que le rige. Sin embargo, a pesar de compartir plenamente el planteo de Savater, creo que esa conceptualización enfoca solo al ciudadano pero nada nos dice con respecto a quienes ejercen el poder público.

Para complementar el concepto, me voy a apoyar en las ideas de un constitucionalista argentino, a quien vamos a tener el privilegio de escuchar en un rato, me refiero al Dr. Jorge Alejandro Amaya. Dice Amaya que para caracterizar a la democracia es importante tener presente dos aspectos que se complementan para dotar de identidad al concepto. Por un lado, la democracia, desde un plano formal es un método aritmético de toma de decisiones, por lo que a falta de consenso, prevalece la voz de la mayoría. Pero por otra parte, desde un plano material o de fondo (acaso más importante agrego yo), la democracia es un régimen político que intenta hacer efectivas la libertad y la igualdad de todos los ciudadanos. Y es en este aspecto donde la democracia se vincula con el tema que estamos tratando pues, siendo el poder judicial un soporte clave para el funcionamiento institucional del sistema, la garantía del acceso efectivo del ciudadano a la justicia es de fundamental importancia.

b) Con respecto a la República, en forma personal me niego a encorsetar a una palabra tan hermosa, tan bella, tan profunda, en una breve fórmula conceptual. Por tal motivo, simplemente voy a resaltar sus rasgos más importantes. Siguiendo a autores como Habermas, Bobbio, Sartori, Rawls o incluso Los Federalistas antes que ellos, corresponde señalar que una República se caracteriza por 1) una clara División de poderes, 2) Equilibrio e intercontrol recíproco entre estos; 3) respeto hacia la dignidad del ciudadano y la persona; 4) el poder al servicio del ciudadano y no a la inversa; 5) vigencia irrestricta de las garantías constitucionales, entre las que debemos contar el acceso a la justicia; 6) límites claros y bien definidos para los que ejercen el poder público, entre otras.

Entonces, aclarados los conceptos referenciales, sigamos hilando…

Decíamos que es importante tener siempre presente el enfoque práctico, aspecto que si bien se encuentra sobredimensionado a tal punto que las devaluadas democracias del tercer mundo se caracterizan justamente por despreciar directamente la teoría en aras de un practicismo más emparentado con la labor del curandero que con la del médico para decirlo en términos clínicos…por algo, así nos va…. Sin embargo, decíamos vale la pena tener siempre presente el enfoque operativo. Entonces, para tratar el acceso a la justicia con criterio práctico y vinculando el tema con el rol que el sistema republicano espera de los ciudadanos en general y los abogados en particular, he resuelto partir de las enseñanzas de tres grandes procesalistas argentinos y ellos son Alberto Binder, Osvaldo Alfredo Gozaíni y mi Maestro, el Dr. Adolfo Alvarado Velloso:

1) De Binder rescato una idea que me parece capital para que los ciudadanos en general y los operadores del derecho en particular dimensionen la importancia del Poder Judicial como soporte e incluso como garante de una democracia de calidad. En su “Introducción al derecho procesal penal” Binder sostiene que el análisis jurídico – político y la práctica profesional del abogado están estrechamente vinculadas y por ello, adiestrarse en el análisis jurídico debe ser la primera de las preocupaciones del jurista quien jamás debe confundir “conocimiento práctico” con las pobres habilidades de un gestor tribunalicio.

2) Del Profesor Gozaíni tomo una afirmación que éste realiza en su obra “El debido proceso” en la cual trabaja ampliamente el tema del acceso a la justicia. Afirma Gozaíni que el acceso a la justicia plantea inconvenientes de diversa índole: aspectos formales como la legitimación procesal; aspectos coyunturales como el costo económico que supone invertir para acceder al sistema de justicia; y aspectos culturales que se relacionan y mucho a la educación de los pueblos y en este último sentido remarca que la mayor contrariedad que tiene el acceso al sistema de justicia es el desconocimiento de la gente sobre los derechos y garantías que poseen.

3) Finalmente, del Maestro Alvarado Velloso destaco su enfoque absolutamente lógico – racional que prioriza la realidad social por sobre las contingencias meramente legales. En este sentido, además de construir todo un sistema que muestra al derecho procesal como una garantía al servicio del ciudadano y no como una herramienta para que el Estado lleve adelante su pretensión punitiva, el Profesor Alvarado señala algo muy sensato: el sistema de justicia, tal como está concebido dentro del esquema republicano de gobierno, es útil y funcional únicamente a los ciudadanos que conforman la llamada clase media de una sociedad ya veremos por qué…

Entonces, partiendo del enfoque de estos tres grandes procesalistas, la propuesta mía pasa por vincular el fenómeno de la globalización, la integración regional y la realidad socio - económica, socio - política y socio - cultural de los pueblos con la posibilidad real de construir un sistema de justicia que permita realmente a los ciudadanos sentirse seguros de que van a poder hacer valer esta importantísima garantía constitucional.

Realizadas las precisiones metodológicas vayamos al grano.

1) INICIO:

Uno de los grandes inconvenientes a la hora de abordar temas jurídico - políticos como en este caso el acceso a la justicia, pasa por el enfoque eminentemente legal que en general le damos a los problemas. Y en este sentido, los Abogados estamos obligados a hacer mea culpa ya que somos los que, precisamente por no dimensionar nuestro rol en pleno siglo XXI, seguimos insistiendo en más de lo mismo, es decir, seguimos pensando que todo se soluciona con la promulgalción de leyes y de esta manera, nos desentendemos de los verdaderos problemas sociales que motivan la preocupación del ciudadano.

Si queremos debatir la garantía del acceso a la justicia y el rol de los ciudadanos para efectivizar dicha garantía, es imprescindible tomar en cuenta algunos elementos de juicio que, nos gusten o no, forman parte de nuestra realidad: la globalización, el fenómeno de la integración y por supuesto los Índices de Desarrollo Humano de nuestra región. Considero que un esquema teórico interesante para abordar el tema del acceso a la justicia, puede ser el “Trialismo”, cuyos principales exponentes son Werner Goldschmidt y el maestro Ciuro Caldani. Esta teoría dice, que si bien el derecho es norma, es ley, no es solo eso pues el derecho también tiene otras dimensiones ligadas al campo axiológico y al campo conductual o sociológico si se quiere. O sea, el derecho es norma, es conducta y son valores motivo por el cual, el acceso a la justicia también debe contemplar estos tres planos.

El acceso a la justicia es un tema central dentro del esquema republicano de gobierno. De hecho, es una condición esencial para la vigencia del Estado de Derecho. Todo Estado que se precie de ser respetuoso del ciudadano está obligado a ocuparse de una infinidad de cuestiones que hacen al mejoramiento de la calidad de vida de sus miembros. Sin embargo, a mi criterio, existen dos o tres aspectos que sin duda tienen (o deben tener) una ubicación prioritaria en la agenda política si se pretende mejorar y consolidar el Estado de Derecho y con ello, permitir el desarrollo digno y libre del hombre.

Sin que importe necesariamente un orden de prelación, estos aspectos prioritarios son la educación, la salud, el trabajo y por supuesto, el acceso real al sistema de justicia, como única garantía para evitar “la justicia por mano propia”. Haber edificado un sistema de justicia al cual los ciudadanos pueden acceder para dirimir pacíficamente sus controversias constituyó la clave para el desarrollo del Estado moderno ya que posibilitó pacificar a los pueblos obligando a los ciudadanos a dirimir racionalmente sus controversias. Alvarado Velloso por ejemplo, entiende que este fue un invento incluso más importante que el de la rueda pues el proceso judicial posibilitó que la humanidad pudiera utilizar la rueda pacíficamente…

Lamentablemente en nuestro continente y ni qué decir en nuestro país, debemos decir que el Estado no cumple con las numerosas promesas a las que se halla constitucionalmente obligado, entre ellas, garantizar el acceso real al sistema de justicia a todos los ciudadanos. Los niveles de exclusión, marginalidad, y violencia social son claros indicadores que el sistema, del cual forma parte el poder judicial, no funciona y ello obedece, entre otras muchas causas, a que no se plantean soluciones GLOBALES sino simples parches meramente formales que sirven de remiendo y no de solución.

2) GLOBALIZACION:

Pero para dar soluciones globales, tenemos que saber previamente de qué se trata la globalización y en que grado incide en el tema:

Los analistas, entre los que destaco al sociólogo Alain Turraine, coinciden en que vivimos en una sociedad caracterizada por el flujo de la información, la revolución en términos informáticos, avances científicos sin precedentes, intercambio de bienes y servicios como nunca antes en la historia. Todos estos adelantos tecnológicos que distinguen a la sociedad de nuestro tiempo forman parte del fenómeno conocido como “globalización”.

Como se trata de una realidad presente e ineludible, ya que más allá de la posición personal o ideológica que podamos tener al respecto, la globalización está metida en todos los campos de nuestras vidas (y la prueba es este magnífico encuentro global que estamos compartiendo) a mi criterio es importante instalar el debate en torno a los problemas del acceso a la justicia desde una perspectiva integracionista. El MERCOSUR lleva ya casi 20 años de existencia y si en algún momento funciona como debería funcionar, uno de los grandes desafíos que vamos a enfrentar va a ser estructurar un Tribunal de justicia Supranacional a semejanza del que ya rige en la Comunidad Europea.

Ahora bien ¿estamos preparados para semejante desafío?

El Profesor Horacio Rossatti, quien fue Ministro de Justicia de la Argentina hace unos pocos años, sostiene que la globalización nos propone varios desafíos:
• Un desafío mental: que se traduce en una actitud de apertura receptiva para conocer lo que no se conoce.
• Un desafío político: que se expresa en una vocación tolerante hacia lo que no se comparte.
• Un desafío cultural: signado por la búsqueda de claves comunes que permitan interactuar.
• Un desafío jurídico: que se expresa en la necesidad de dirimir las disputas en un mundo ampliado y variado mediante reglas conocidas y aceptadas de antemano por todos los actores involucrados.

El MERCOSUR precisamente sirve como modelo para analizar este último aspecto vinculado a la globalización.

3) MERCOSUR:

Analizar todo cuanto implica el MERCOSUR podría llevarnos varios días y como no disponemos de ese tiempo, solo podemos decir que uno de los objetivos del mismo es consolidar un espacio similar al que se vive hoy en Europa, incluso en materia de acceso al sistema de justicia pues eso hace al respeto de la dignidad de las personas. En consecuencia, más tarde o más temprano se va a tener que discutir seriamente el tema del acceso a la justicia en una perspectiva regional de bloque y mucho me temo que nuestros países no están preparándose para enfrentar ese desafío, fundamentalmente por falta de voluntad política.

El gran inconveniente es que no podemos exigir voluntad política supranacional si nuestros gobiernos particularmente el del Paraguay, ni siquiera demuestran voluntad política interna para mejorar las cosas y posibilitar que los ciudadanos realmente tengan garantizado su constitucional derecho de acceder a la justicia.

Y como para muestra de la miopía global de nuestros gobernantes basta un botón, me permito exponer la situación del Paraguay en materia de acceso a la justicia.

4) PARAGUAY

Como dije al principio, el profesor Osvaldo Alfredo Gozaíni vincula el tema del “acceso a la justicia” con “el derecho a ser oído”. A partir de allí, realiza una serie de reflexiones interesantísimas que van desde el pago de la tasa judicial hasta el acceso a los jueces, pasando por los problemas formales, problemas estructurales, problemas coyunturales y problemas culturales (la falta de educación de los pueblos que impide conocer cuáles son los derechos y las garantías que poseen los ciudadanos).

Por su parte, el maestro AAV enseña que el acceso a la justicia pasa y mucho por el acceso a un Proceso seguido según la constitución. Recordemos que precisamente el título de la jornada de hoy y mañana es “Constitución y Democracia”. Alvarado enseña en este sentido que el Proceso es un método de debate pacífico y dialéctico mediante el cual dos personas, en perfecto pie de igualdad, discuten ante un tercero cuyas características son la imparcialidad, la impartialidad y la independencia; y que mientras se respeten esas premisas, los ciudadanos tendrán garantizado su derecho de acceder al sistema de justicia.

Pero al margen de esta enseñanza doctrinaria, el profesor Alvarado señala una cosa muy sensata y que tiene que ver con la realidad social más que con la doctrina. Dice él, con gran tino a mi criterio, que la justicia, el acceso a la justicia, en definitiva el proceso, rige solamente para los ciudadanos que conforman la llamada clase media. ¿Por qué? Pues porque, por un lado, los marginados de y por la sociedad, viven excluidos y privados de todo así que les tiene sin cuidado el acceso a la justicia porque entre ellos rigen otros códigos sociales; Pregúntenle a los Fiscales del Departamento de San Pedro o a cualquier vecino de los barrios marginales si los ciudadanos acceden a la justicia; y por otro lado, continua AAV, quienes monopolizan la riqueza mundial, no dirimen sus conflictos en el marco de la justicia estatal sino que lo hacen a través del arbitraje privado. En tribunales no encontramos expedientes caratulados “Adidas c/ Nike s/ cobro de suma de dinero”

Partiendo tanto del enfoque del profesor Gozaíni como así también de los parámetros que nos brinda el Maestro AVV, se puede afirmar que un país como el Paraguay, donde la desigualdad social es enorme y la clase media no existe como tal, el acceso real al sistema de justicia sigue siendo una quimera. La corrupción, la pobreza, la desigualdad y la mala formación de los Abogados y los políticos conforman un cóctel perverso que hace que nuestra Constitución sea “un mero formalismo” y no un verdadero pacto entre gobernantes y gobernados para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

El Paraguay en cifras según la DGEEC del 2005:

En el Paraguay el desempleo total supera el 15 %; el sub empleo llega al 24 %: el PIB per cápita apenas alcanza 1400 Dólares al año; el 22, 6 % de hogares registran carencias en calidad de vivienda; el 22, 7 % de los hogares del país registra insuficiencias en infraestructura sanitaria; el 20, 3 % de los hogares registra insatisfacción en acceso a la educación; sobre un total de 5.837.253 habitantes, un total de 2.229.830 son pobres, de los cuales casi 1.000.000 son pobres extremos y como dato más alarmante aún, el 44% de entre los pobres son niños, niñas y adolescentes. En cuanto a Estado de Derecho (independencia judicial, imparcialidad judicial e integridad del sistema jurídico) la calificación que varias entidades internacionales otorgan a nuestro país es de 18 sobre 100.

Estos datos constituyen solamente algunos de los muchos indicadores que reflejan la dramática situación del Paraguay a nivel socio – económico y socio – político pero que sirven como muestra para dimensionar todas las dificultades que tiene el ciudadano a la hora no ya de acceder sino de pretender acceder a un sistema de justicia serio, responsable, coherente y eficaz.

En mayor o menor grado, la realidad paraguaya es análoga a la del resto del continente. De ahí que sea tan importante trabajar el acceso a la justicia partiendo de la imperiosa necesidad de construir una amplia franja de ciudadanos con necesidades básicas satisfechas, pues, a la postre, esa es la gente que necesita acceder al sistema jurídico – político en todos sus niveles.

El paso previo para garantizar el acceso real al sistema de justicia pasa por incluir social, estructural e institucionalmente a la mayor cantidad de ciudadanos posibles y eso solo se puede lograr mejorando la calidad de vida, las condiciones económicas, el Índice de Desarrollo Humano, etc.

Para finalizar, solo resta señalar que lamentablemente, al menos en nuestro país, el acceso a la justicia seguirá siendo un privilegio y no una garantía debido a que quienes ejercen el poder, sea desde el ejecutivo, desde el legislativo o desde el judicial, en vez de preocuparse por incluir cada vez más a los ciudadanos al sistema, siguen apostando por “soluciones” meramente legales tal como lo demuestran entre otros, el debate en torno al Código Procesal General, la Reforma Constitucional o en forma más dramática, agresiva y hasta insultante el proyecto de ley del Senador Jaeggli, cuya premisa es básicamente “combata la pobreza, mate a un pobre”.

Entonces, el principal problema del acceso a la justicia en Latinoamérica en general radica en el perverso sistema construido como traje a medida de quienes ejercen el poder sin tener en cuenta los problemas socio económicos y la inclusión real de los ciudadanos.

Para que la ciudadanía aspire a que se respete la garantía de acceso real al sistema de justicia, el primer paso es que aprendamos a controlar a quienes ejercen el poder público. Ese es el primer paso, ese es el gran desafío.

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